¿Te estas divorciando y sientes que divorciarte te puede resultar perjudicial? En ese caso quizás te interese saber sobre la compensación económica. Una figura que busca beneficiarte si tu situación económica no es mejor que la de tu ex-pareja.
La compensación económica es una institución transversal a cualquier tipo de divorcio, es decir, sea que te divorcies de mutuo acuerdo, unilateral o sea culposo. Tienes derecho a la compensación económica.
La compensación económica busca que el cónyuge económicamente más débil, recibe por parte del otro una cierta cantidad de dinero. Y pueda continuar su vida en condiciones más dignas.
¿Cuándo se tiene derecho a pensión compensatoria o compensación económica?
Para solicitar la compensación económica. En Chile se exige que el conyuge que lo solicite se encuentre en alguna de estas 2 situaciones:
- Cuando uno de los cónyuges se dedicó al cuidado de los hijos en común.
- Cuando uno de los cónyuges se dedicó a las labores propias del hogar común.

Requisitos de la compensación económica
- Que el cónyuge que se dedicó a las labores del cuidado de los hijos y del hogar común, no haya podido desarrollar una actividad remunerada durante el matrimonio.
- Que el cónyuge que se dedicó a las labores del cuidado de los hijos y del hogar común, por dicho motivo, desarrolló una actividad económica remunerada, pero en menor medida de lo que podía y quería.
¿Cuándo no existe la compensación económica?
Hay ciertos casos en que no tendrías derecho a compensación económica. Como es el caso en el que:
El cónyuge que pretenda demandar, haya desarrollado una actividad económica remunerada. Es decir, no realizo labores de cuidado del hogar, o el cuidado de los hijos.

¿Quién decide si existe la compensación?
En este punto debes estar preguntandote si tienes derecho a la compensación económica. Y es que este beneficio es muy útil, especialmente si tu situación económica no es la mejora.
Si quieres solicitar compensación económica, debes saber que pese a que tengas derecho a ella. Se debe terminar el monto de está. Usualmente, la compensación económica la determina el Juez de familia, sin embargo, también se puede acordar entre ambos cónyuges, el monto de la compensación económica. En este caso se denomina compensación económica determinada de mutuo acuerdo.
Sin embargo, en el caso del divorcio culpa, al cónyuge que se le imputó la falta que hizo intolerable la vida en común, podrá el juez, ya sea denegar este derecho o reducirlo prudencialmente.
¿Cómo se calcula el monto a pagar? Como se calcula la compensación económica en un divorcio
- La duración del matrimonio y de la vida en común de los cónyuges.
- La situación patrimonial de ambos.
- La buena o mala fe del cónyuge solicitante.
- La edad y estado de salud del cónyuge que solicita la compensación económica.
- La situación del cónyuge solicitante en materia de beneficios previsionales y de salud.
- La cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral.
- La colaboración que el cónyuge solicitante le haya prestado en sus actividades lucrativas al otro cónyuge.

¿Cómo se prueban los requisitos?
Cada caso es particular, sin embargo, para probar el desmedro económico de uno de los cónyuges, hay que tener a la vista, por ejemplo, certificado de cotizaciones pagadas por las AFP, en donde se reflejará que no recibió remuneraciones. Del mismo modo, la calificación del solicitante a través de certificados de estudios o experiencia laboral previa.
Al existir libertad de prueba en el derecho de familia, se puede abordar desde diferentes puntos de vista.
La compensación económica, para su pago, se considerará como derecho de alimentos, por lo que cuenta con la protección contemplada en la ley 14.908, como por ejemplo la retención judicial, orden de arraigo, inclusive arresto. Ahora bien, si quien debe pagar la compensación otorga una garantía para hacer el pago de manera efectiva u oportuna, será el juez el que lo declare en su sentencia.
